La Unidad de Registros Sanitarios del Ministerio de Salud de Costa Rica emitió la circular MS-DRPIS-UR-1588-2023 el pasado 22 de junio de 2023, indicando que cuando el producto presente algún etiquetado frontal con los siguientes sellos o imágenes, será obligación del importador o distribuidor, ocultar dicha información de la etiqueta original, quedando bajo su responsabilidad la forma de cubrir la misma, ya que la información mostrada no debe generar confusión al consumidor.

Para dicho cumplimiento el Ministerio otorgó un plazo de 6 meses para el agotamiento de etiquetado de productos con registro sanitario vigente que contengan algún tipo de etiquetado frontal con estas advertencias nutricionales.

Asimismo, es importante tomar en cuenta que para efectos de inscripciones, renovaciones y cambios post registro que se presenten a partir de esta fecha, la etiqueta a ingresar en dichos trámites no deberá visualizar ningún tipo de estos sellos.