El viernes 21 de agosto, la Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó la creación del Registro de Beneficiario Final de Sociedades Mercantiles, por medio de reformas a la Ley General de Registros y la adición de un artículo al Código de Comercio.

Este Registro tiene el propósito de brindar certeza de quienes son los verdaderos dueños o controladores de las personas jurídicas que operan en Nicaragua, con el afán de evitar o dificultar que estas entidades sean utilizadas para el Lavado de Activos u otras actividades delictivas.

Según las reformas, las empresas ahora tendrán la obligación de aportar una serie de documentos e información sobre sus accionistas, y en los que casos en que estos sean personas jurídicas, se deberá aportar información sobre los accionistas o dueños de aquellas personas jurídicas.

Queda pendiente la autorización del reglamento del registro para su completa aplicación, sin embargo, las obligaciones de presentar la información estarían vigentes y aplicables para todas las sociedades mercantiles una vez publicada la ley en el diario oficial.

Ciertos aspectos de la Ley como son el régimen de sanciones, formularios a ser utilizados para presentar la información, y la definición de “control” sobre la empresa para identificar al beneficiario, entre otros, serán aclarados una vez se emita el reglamento.

Actualización del 25 de agosto.

El 25 de agosto, a penas 2 días hábiles después de su aprobación, la ley que crea el Registro de Beneficiarios Finales fue publicada en la Gaceta Diario Oficial.

Con esta publicación entrarían en vigencia todas las disposiciones sobre la presentación de documentos que se establece en la reforma, sin embargo, el 24 de agosto se hizo pública una Circular Informativa de la Dirección Nacional de Registros, mediante la cual se orientó que las sociedades mercantiles no tendrán que realizar o enviar ningún tipo de reporte ente materia de Beneficiario Final a las oficinas de registro, mientras no esté aprobada la normativa del Registro.

Mientras no haya nuevos documentos, las empresas deberán entender que quedan en suspenso todas a las obligaciones plasmadas en la reforma y aun quedamos a la expectativa de la normativa específica.