Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) del Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica, mediante la Resolución N.º SENASA‑DVESA‑DCA‑R0009‑2026, emitida el 22 de junio de 2026, ha establecido nuevas medidas sanitarias de carácter preventivo que impactan el comercio de productos avícolas.
El Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA) de Honduras notificó oficialmente la confirmación de un caso de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad (IAAP) en aves de producción doméstica, detectado en el municipio de San Pedro Zacapa, Departamento de Santa Bárbara.
Asimismo, el evento fue reportado a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), con inicio el 15 de junio y confirmación el 18 de junio de 2026.
Con el objetivo de proteger el estatus sanitario del país, SENASA ha resuelto:
- Suspender temporalmente la importación de mercancías avícolas consideradas de riesgo, conforme al Capítulo 10.4 del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OMSA, provenientes de Honduras.
- Esta restricción aplica a mercancías producidas u obtenidas a partir del 18 de mayo de 2026, considerando un período de 28 días previos al inicio del evento sanitario.
La suspensión incluye productos y subproductos de origen avícola con apertura comercial que puedan representar riesgo de introducción del virus en territorio nacional.
Esta disposición rige de forma inmediata a partir de su emisión, siendo de cumplimiento obligatorio en todos los puntos de ingreso al país.
Si desea conocer las implicaciones de esta disposición para su actividad o cadena de suministro, nuestro equipo puede asesorarle.
