Como parte de la modernización tecnológica que está implementando la Dirección General de Tributación, en las próximas semanas el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tal y como lo conocemos hoy en día, va a tener un giro revolucionario que, modifica no solo la forma en que actualmente cargamos las declaraciones tributarias, sino también, va a implicar la homogenización de los diversos sistemas que utiliza la Administración Tributaria para manejar la información de los contribuyentes.
Estos cambios pretenden, no sólo hacer más amigable el sistema para que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, sino también para que, la información sea manejada de forma uniforme, permitiendo así maximizar los controles tributarios, mejorando la recaudación y también, otorgando al contribuyente contar mayores garantías con respecto a su cuenta tributaria y al manejo de la información tributaria y trámites que se realicen.
Este nuevo sistema, es parte del proyecto país denominado Hacienda Digital, y en esta primera fase que, entra a regir el próximo mes de agosto, se tiene planteado habilitar ocho módulos (que corresponden aproximadamente a un 29% del total del sistema), los cuales serán parte de TRIBU-CR: la Oficina Virtual (OVI), declaración y pagos, cuenta integral tributaria, consulta integral hacendaria, RUT (registro único tributario), expediente electrónico, gestor documental y comunicaciones y notificaciones.
De esta manera, el ATV que conocemos hoy en día será sustituido por la Oficina Virtual (OVI), mediante el cual el contribuyente podrá realizar todas las gestiones tributarias, como cambios en el registro tributario (inscripción, modificación de datos e inactivación de actividades), solicitudes de cambio de periodo fiscal, gestiones de pago, entre otros; lo que viene a integrar a esta nueva plataforma, que actualmente conocemos como el TRAVI.
Aunque actualmente la Administración no ha publicado las resoluciones definitivas que van a determinar los principales cambios, es una realidad que el nuevo sistema únicamente va a trasladar los saldos de los contribuyentes, no así todos los respaldos documentales. En ese sentido, es fundamental que, de cara a la desactivación del sistema, los contribuyentes procedan a respaldar toda la información que conste en el ATV, entre ella declaraciones de impuestos, pagos que se hayan efectuado por el sistema de debido directo, modificaciones en el registro único tributario, entre otras.
En ese sentido, es importante recordar que el periodo de prescripción tributaria es de 4 años, los cuales empiezan a computarse a partir del primer día del mes siguiente al que se debió pagar el tributo, por lo que, actualmente se encuentran vigentes los periodos fiscales 2021, 2022, 2023 y 2024. Sin embargo; también existen casos especiales en los cuales se modifican las declaraciones presentadas previamente (rectificaciones), razón por la cual el periodo de prescripción de ese periodo se “reinicia”, y empieza su cómputo de nuevo, a partir del primero día del mes siguiente al que se efectuó el cambio.
En razón de lo anterior, es importante que como mínimo se conserven los respaldos de los periodos fiscales del 2020 a la fecha, así como aquellos respaldos de cualquier periodo fiscal previo, en el cual se hayan rectificado declaraciones durante los últimos 4 años.
Reiteramos que, aún está pendiente que la Dirección General de Tributación emita las resoluciones generales que determinen formalmente los cambios que se implementarán, en cuanto al formato de declaraciones de impuestos y liquidación de sanciones, así como los cambios en la forma de autorizar a usuarios para que realicen gestiones en la plataforma en nombre del contribuyente, por lo que próximamente estaremos actualizando la información que sea publicada por esa Dirección.
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Isis Ulloa
Senior Associate
Costa Rica
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