El pasado 23 de diciembre de 2022, se publicó en el diario oficial La Gaceta, el Decreto Ejecutivo N° 43852-H, con los nuevos los tramos del impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales (Impuesto al Salario); el monto y los tramos para personas jurídicas; así como los tramos y créditos fiscales para personas físicas con actividades lucrativas (Impuesto sobre las Utilidades), vigentes a partir del 01 de enero de 2023.
Los siguientes son los tramos para el salario bruto mensual y la tarifa del impuesto aplicable:
INGRESO | TARIFA DEL IMPUESTO |
---|---|
Hasta ¢941.000,00 | Exento |
Sobre el exceso de ¢941.000 y hasta ¢1.381.000 | 10% |
Sobre el exceso de ¢1.381.000 y hasta ¢2.423.000 | 15% |
Sobre el exceso de ¢2.423.000 y hasta ¢4.845.000 | 20% |
Sobre el exceso de ¢4.845.000 | 25% |
El decreto también realiza un ajuste a los créditos fiscales de los contribuyentes del impuesto al salario. Los empleados pueden optar por los créditos familiares por el cónyuge o por cada hijo menor de edad o en caso de que sea estudiante y hasta los 25 años. Los cuales se detallan a continuación:
CRÉDITO FISCAL | MONTO MENSUAL |
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Por el cónyuge | ¢2.650 |
Por cada hijo | ¢1.750 |
En cuanto al impuesto sobre la renta para sociedades, los tramos se actualizaron según se detalla a continuación:
INGRESO | TARIFA DEL IMPUESTO |
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Hasta ₡5.761.000 | 5% |
De ₡5.761.000 y hasta ₡8.643.000 | 10% |
De ₡8.643.000 y hasta ₡11.524.000 | 15% |
Sobre el exceso de ₡11.524.000 | 20% |
Sin embargo, cuando la sociedad tenga ingresos brutos anuales que superen ₡122.145.00 la tarifa aplicable será del 30%, y no se tomará en cuenta la tabla progresiva de tarifas.
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