El pasado 23 de diciembre de 2022, se publicó en el diario oficial La Gaceta, el Decreto Ejecutivo N° 43852-H, con los nuevos los tramos del impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales (Impuesto al Salario); el monto y los tramos para personas jurídicas; así como los tramos y créditos fiscales para personas físicas con actividades lucrativas (Impuesto sobre las Utilidades), vigentes a partir del 01 de enero de 2023.

Los siguientes son los tramos para el salario bruto mensual y la tarifa del impuesto aplicable:

INGRESO TARIFA DEL IMPUESTO
Hasta ¢941.000,00 Exento
Sobre el exceso de ¢941.000 y hasta ¢1.381.000 10%
Sobre el exceso de ¢1.381.000 y hasta ¢2.423.000 15%
Sobre el exceso de ¢2.423.000 y hasta ¢4.845.000 20%
Sobre el exceso de ¢4.845.000 25%

El decreto también realiza un ajuste a los créditos fiscales de los contribuyentes del impuesto al salario. Los empleados pueden optar por los créditos familiares por el cónyuge o por cada hijo menor de edad o en caso de que sea estudiante y hasta los 25 años. Los cuales se detallan a continuación:

CRÉDITO FISCAL MONTO MENSUAL
Por el cónyuge ¢2.650
Por cada hijo ¢1.750

En cuanto al impuesto sobre la renta para sociedades, los tramos se actualizaron según se detalla a continuación:

INGRESO TARIFA DEL IMPUESTO
Hasta ₡5.761.000 5%
De ₡5.761.000 y hasta ₡8.643.000 10%
De ₡8.643.000 y hasta ₡11.524.000 15%
Sobre el exceso de ₡11.524.000 20%

Sin embargo, cuando la sociedad tenga ingresos brutos anuales que superen ₡122.145.00 la tarifa aplicable será del 30%, y no se tomará en cuenta la tabla progresiva de tarifas.

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