En seguimiento a las medidas de reducción de la jornada laboral y suspensiones de los contratos de trabajo, recordamos a nuestros clientes que, en caso de persistir con las causas por las cuales solicitaron la autorización de las medidas en virtud de la situación de emergencia, pueden considerar extender el periodo de la reducción de la jornada laboral o de suspensión de contrato.

Para gestionar la prórroga del plazo autorizado para el proceso que corresponda (reducción de jornada o suspensión de contrato), deberá presentarse el formulario, junto con una declaración jurada que acredite que persisten las causas que dieron origen a su solicitud, y cumplir con los demás requisitos establecidos, por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

En caso de que las compañías continúen con la aplicación de las medidas mencionadas, sin la debida solicitud de prórroga ante el MTSS, esta autoridad podría iniciar procesos administrativos, generar prevenciones, ordenar pagos de salarios retroactivos y dependiendo el caso, hasta interponer un proceso a nivel judicial por infracción a la normativa laboral.

Cabe mencionar que, el MTSS está facultado para realizar inspecciones aleatorias, con el fin de verificar que se estén cumpliendo y/o hayan existido las condiciones alegadas por la empresa y bajo la cuales otorgaron la autorización correspondiente. Dado lo anterior, recomendamos que tengan disponible la documentación que fundamentó la solicitud, la respectiva resolución de autorización del Ministerio de Trabajo y verificar que se aplica únicamente a aquellos trabajadores que se agregaron en la lista de la solicitud. También, recomendamos que las empresas estén pendientes de la fecha de vencimiento del plazo otorgado por la administración.

Conforme con lo anterior, ofrecemos nuestro servicio de asesoría y acompañamiento en los procesos indicados.