El Ministerio de Trabajo y Previsión Social publicó el Acuerdo Gubernativo No. 19-2023 por medio del cual deroga el reglamento de prevención de COVID-19 en centros de trabajo contenido en el Acuerdo Gubernativo 179-2022 el Ministerio de Trabajo y Previsión Social

Por lo tanto, han quedado sin vigencia y ya no son aplicables a ningún centro de trabajo las siguientes disposiciones:

Obligaciones de los Patronos:

  1. Asegurar el distanciamiento social de acuerdo con el Sistema de Alertas Sanitarias y Disposiciones Sanitarias del Ministerio de Salud Púbica y Asistencia Social, o bien usar barreras físicas.
  2. Limpieza de áreas de trabajo, herramientas, materiales y superficies, proporcionando insumos adecuados para la desinfección.
  3. Proporcionar alcohol líquido o en gel y jabón para lavado de manos.
  4. Proporcionar mascarillas o cubrebocas, cuando proceda.
  5. Impulsar campañas de información y difusión para evitar el contagio de SARS COV-2, y difundir las disposiciones sanitarias.
  6. Calendarizar y permitir a los monitores de SSO la capacitación de trabajadores sobre estrategias para minimizar el contagio de SARS COV-2.
  7. Contar con un PPRL o un PSSO en los centros de trabajo (cumplimiento del Reglamento de SSO).

 

Prohibiciones de los Patronos:

  1. Obligar a un trabajador a prestar servicios sin las medidas de protección para minimizar el SARS COV-2.
  2. Suspender a los trabajadores (asintomáticos o sintomáticos) del centro de trabajo sin siuir las medidas sanitarias por Covid 19.

Obligaciones de los Trabajadores:

  1. Cumplir con las disposiciones sanitarias emitidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y/o el Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Prohibiciones a los Trabajadores:

  1. Ejecutar actos para impedir que se cumplan las medidas de SSO en el trabajo.
  2. Dañar o destruir los equipos de protección personal o negarse a usarlos.
  3. Dañar, destruir, ocultar o remover los afiches creados para fomentar la prevención  y control de contagio del SARS COV-2.
  4. Realizar su trabajo sin el equipo de protección personal

En ese contexto, únicamente quedan vigentes las disposiciones generales sobre salud y seguridad ocupacional, que son de cumplimento obligatorio para empleadores y trabajadores.