El 22 de septiembre de 2025, la Asamblea Legislativa aprobó en su redacción final el Expediente N.º 23.142, mediante el cual se reforma el artículo 515 del Código de Trabajo.

¿Qué establece la reforma?

A partir de la entrada en vigor de esta ley, los patronos deberán otorgar permiso a las personas trabajadoras para realizar las siguientes gestiones:

1. Comparecer como testigos o participar en diligencias judiciales.

2. Realizar trámites administrativos personales ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debidamente justificados.

3. Participar en procesos disciplinarios dentro de la Administración Pública.

¿Con o sin goce de salario?

La reforma garantiza el derecho al salario durante estas ausencias, siempre que la persona trabajadora presente la orden de citación con anticipación y, posteriormente, el comprobante de asistencia.

La ley entrará en vigor a partir de su publicación oficial en La Gaceta.


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