Desde 1995 a través del Decreto Ejecutivo N° 3-95 se estableció el Impuesto sobre Bienes Inmuebles o IBI como un impuesto que grava los inmuebles ubicados dentro de cada Municipio.

Para efecto del IBI se consideran bienes inmuebles:

  • Los terrenos, plantaciones estables o permanentes, y las instalaciones o construcciones fijas y permanentes
  • Todos los bienes que constituyan como inmuebles por su naturaleza o por accesión según los artículos 599 y 600 del Código Civil.

El IBI se calcula aplicando el 1% al 80% del valor de la propiedad según el avalúo catastral que la municipalidad realiza sobre el terreno y las mejoras.

El pago del impuesto se realiza durante el año subsiguiente al que lo genera, es decir, en el 2022 se estará pagando el IBI 2021.

Pago

50% en el primer trimestre y 50% en el segundo trimestre. Cualquier retraso en estos pagos genera una multa pecuniaria a favor de la municipalidad.

Beneficio

El contribuyente recibirá un descuento del 10% sobre el impuesto cuando pague la totalidad del impuesto durante el primer trimestre del año.

Fechas relevantes

  • Fecha máxima para pago primera cuota: 31 de marzo
  • Fecha máxima para pago segunda cuota: 30 de junio
  • Fecha máxima para pago total con 10% descuento: 31 de marzo.