El 17 de abril del 2020 fue publicado en el Diario Oficial de Centroamérica, el Acuerdo Gubernativo número 58-2020, el cual incluye el Reglamento para el otorgamiento del beneficio del fondo para la protección del empleo, el cual establece las condiciones y los requisitos para acceder al beneficio económico que el Estado otorgará a los trabajadores del sector privado, cuyos contratos de trabajo hayan sido objeto de suspensión.

Condiciones para aplicar al beneficio:

Se establece como requisitos para aplicar al referido beneficio los siguientes:

  1. Ser trabajador del sector privado.
  2. Que el contrato de trabajo del empleado haya sido suspendido y que la referida suspensión se encuentre debidamente autorizada por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
  3. Que el empleado labore para una empresa que no se encuentre contenida en los casos de excepción de cierre, contenidos en las disposiciones presidenciales vigentes.

Procedimiento para la aplicación del subsidio:

El referido acuerdo gubernativo establece el procedimiento exacto que deberá seguirse para la aplicación del referido beneficio económico, el cual se resume de la siguiente manera:

  1. El patrono deberá ingresar a la plataforma electrónica ubicada en el sitio web www.mineco.gob.gt e ingresará los datos requeridos en el formato de solicitud, adjuntando la autorización de la suspensión emitida por el Ministerio de Trabajo.
  2. El Ministerio de Economía verificará que la suspensión haya sido aprobada por el Ministerio de Trabajo y que la misma sea como consecuencia del Estado de Calamidad y Disposiciones Presidenciales.
  3. El Ministerio de Economía emitirá la autorización para la procedencia del pago del beneficio y remitirá la autorización al Crédito Hipotecario Nacional para que efectúe la acreditación por medio de depósito bancario, transferencia a cuenta del trabajador y/o cualquier otro medio o instrumento disponible.

Temporalidad del beneficio:

El beneficio estará disponible durante el ejercicio fiscal 2020 a partir de la asignación de los fondos por parte del Ministerio de Finanzas Públicas, tomando en cuenta la disponibilidad de los fondos existentes.

 

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