El día de ayer, se aprobaron en primer debate los proyectos de ley tramitados bajo los expedientes N°21.934 y N°21.637, los cuales buscan suspender el cobro del IVA sobre los servicios turísticos y de construcción, respectivamente.

En lo que concierne a los servicios turísticos, propone que durante los primeros dos años de la entrada en vigor de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas públicas (hasta el 30 de junio de 2021), los servicios turísticos se mantengan exonerados.

Adicionalmente, se pretende adicionar un párrafo final al artículo 26 de la Ley del IVA para que, en los casos de servicios de transporte aéreo internacional, el contribuyente tenga derecho al crédito fiscal pleno, en la compra de bienes y servicios vinculados con la prestación del servicio con tarifa reducida.

En cuanto a los servicios de construcción, se propone una modificación a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, para que se exonere del cobro del IVA a los servicios de ingeniería, arquitectura, topografía y construcción de obra civil, registrados ante el CFIA hasta el 30 de junio de 2021. De la misma manera que los servicios turísticos, el proyecto propone el cobro del IVA para los siguientes dos años -2021 y 2022-, de manera escalonada (4% y 8%, respectivamente). Los proyectos registrados durante estos últimos periodos mencionados también podrán aplicar la tarifa reducida correspondiente.