La pandemia que vivimos actualmente constituye una situación adversa para cumplir con el plazo de entrega convenido en un contrato administrativo. Dado que esta situación no fue provocada por el Estado, no está en sus manos subsanar o corregir el contrato administrativo.  Además, cumplir con el plazo de ejecución del objeto contractual es parte de las obligaciones del contratista (según el artículo 20 de la Ley de Contratación Administrativa). ¿Qué herramientas o defensas tiene el contratista para solicitar que se le extienda este plazo?

¿Qué es lo que se entiende como una prórroga al plazo de ejecución del contrato?
La Contraloría General de la República ha dicho que la prórroga no involucra modificaciones al contrato ni la posibilidad que el contratista asuma más obligaciones de las originalmente pactadas, sino únicamente una extensión en la entrega para poder concluir con el contrato que sufrió atrasos por razones ajenas al contratista.

¿Qué dice la normativa en materia de contratación administrativa sobre la prórroga en el plazo de ejecución de un contrato?
El artículo 206 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa establece que el contratista puede solicitar la prórroga en el plazo de ejecución del contrato cuando existen demoras ocasionadas por la Administración o por causas ajenas al contratista, como es la pandemia por COVID-19 o las restricciones o lineamientos gubernamentales nacidos para mitigar el impacto de este virus.

Los tribunales de justicia han interpretado este artículo como aquel que le otorga al contratista el derecho de obtener prórrogas para la ejecución del contrato ante situaciones de fuerza mayor debidamente acreditadas o por atrasos imputables a la Administración. Para este análisis nos concentraremos en la solicitud de prórroga en la ejecución del contrato por motivos de fuerza mayor, como es esta pandemia, que se define como “un acontecimiento que no puede preverse o que, previsto, no puede evitarse” (Dictamen C-084-99 de 3 de mayo de 1999). Además, la fuerza mayor es una causa extraña o exterior al obligado a la prestación.

¿Cuál es el plazo que tiene el contratista para presentar la solicitud de prórroga en el plazo de ejecución?
El artículo 206 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa también establece que se tienen 10 días hábiles para presentar la solicitud, los cuales deben contarse a partir de que el contratista tiene conocimiento del hecho que provocó la necesidad de extensión en el plazo.

La Administración cuenta con igual plazo para resolver si es procedente o no la solicitud. Le corresponde a esta validar las solicitudes de prórroga del plazo contractual hechas por los contratistas de forma razonada, por lo que se deberá determinar si la solicitud procede o no, según las justificaciones existentes y acreditadas para ese fin, y por el tiempo necesario para concluir la totalidad del objeto de la contratación.

¿Qué pasa si el contratista presenta la solicitud de prórroga fuera del plazo de los 10 días hábiles?
Lo puede hacer y será recibida por la Administración en aquellos casos en los que la causal que motiva la solicitud esté debidamente sustentada y cuando se encuentre vigente el plazo contractual.

¿Cuáles son los requisitos mínimos de la solicitud de prórroga en la ejecución contractual?
Tanto si se trata de la solicitud de prórroga en la ejecución del plazo presentada dentro de los 10 días hábiles o fuera de estos, la solicitud debe contener: una descripción del evento, indicación de su fecha real y prueba que sustente la solicitud. 

Para presentar una solicitud debidamente sustentada, el contratista debe aportar junto con su solicitud cualquier tipo de prueba que le demuestre a la Administración que existe un vínculo causal (causa-resultado) entre el impacto del COVID-19 (o los lineamientos o restricciones gubernamentales para mitigar el impacto del virus) y la imposibilidad de cumplir, dentro del plazo establecido en el cartel y/o contrato, con sus obligaciones contractuales.

¿Cuáles son algunos ejemplos de prueba para sustentar la solicitud de prórroga?
La prueba podría incluir cualquier documento que le ejemplifique a la administración que, por causas ajenas al contratista y que este no puede corregir, le es imposible cumplir con el plazo. Esto incluye noticias relacionadas con el impacto del COVID-19 en una determinada industria y registros internos que demuestren atrasos en las actividades que se tienen que cumplir para la ejecución del contrato. Por ejemplo, demostrar que con ciertas restricciones de circulación vehicular el contratista cuenta con la mitad de su flota para determinadas fechas.

Es importante también revisar si el contrato cuyo plazo se está solicitando que se prorrogue tiene un programa de trabajo. Si lo tiene, se podrían especificar las actividades dentro del cronograma que fueron afectadas por el COVID-19 y por los lineamientos gubernamentales relacionados con su impacto, e indicar como esto impactó lo previsto en el programa de trabajo.

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