Entran en vigor las nuevas reglas para la aprobación de fusiones y adquisiciones.

El día de hoy se publicó la Ley N° 9736 “Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica”.  Según informamos en una noticia anterior, esta es la reforma más ambiciosa al sistema de protección de la Competencia en el país desde la aprobación de la Ley hace casi 25 años.

Uno de los principales cambios en la Ley es el establecimiento de un nuevo procedimiento para aprobar fusiones y adquisiciones, cuya expectativa es que se facilite la aprobación de las transacciones, y los esfuerzos de la autoridad se concentren en aquellas que representan riesgos en el mercado.

En aplicación de la nueva Ley, la Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM) fijó los nuevos umbrales de notificación de concentraciones.  A partir de ahora, se deberán notificar aquellas concentraciones que cumplan con lo siguiente:

Al menos dos de las partes de la transacción hayan realizado actividades con incidencia en Costa Rica en los dos años fiscales previos.

a. En conjunto, las ventas brutas o los activos de todas las partes superen los ₡ 13.386.000.000 (aprox. US$ 22,800,000.00).

b. Al menos dos de las partes de la transacción, considerados individualmente, tengan ventas brutas o activos superiores a ₡669.300.000, 00 (aprox. US$ 1,445,000.00).

c. En el mercado de telecomunicaciones no aplicarán los umbrales económicos, por lo que todas las transacciones deben ser notificadas.

También es importante tener presente que esta nueva Ley eliminó la posibilidad de notificar las transacciones después del cierre del negocio, y obliga a suspender la ejecución de la transacción hasta tanto no se obtenga la aprobación de la autoridad (prohibiendo el llamado “gun jumping”).