El pasado 5 de marzo de 2026, la Comisión Nacional del Salario Mínimo oficializó un incremento del 4% para la mayoría de los sectores económicos del país, exceptuando zonas francas, donde se acordó un incremento del 6.7%. Este ajuste sitúa los salarios mensuales en un rango aproximado de 6,188 a 13,848 córdobas, y tiene una vigencia de un año y se aplica de manera retroactiva a partir del 1 de marzo de 2026, finalizando el 28 de febrero de 2027.

El nuevo ajuste al salario mínimo según sector queda definido de la siguiente manera:

Sector de actividad económica 

Ajuste  

Salario 2026 (C$)

Referencia en USD

Agropecuario

4%

6,188.02

168.96

Pesca

9,409.09

256.91

Minas y Canteras

11,113.46

303.44

Industrias Manufactureras

8,320.47

227.18

Micro y pequeña industria artesanal y turística

6,519.58

178.01

Electricidad, gas y agua, comercio, restaurantes, transporte, almacenamiento y comunicaciones

11,350.08

309.91

Construcción, establecimientos financieros y seguros

13,848.23

378.12

Servicios comunales, sociales y personales

8,674.94

236.86

Gobierno Central y Municipal

7,716.70

210.70

Industrias sujetas a régimen especial fiscal (Zona Franca)

6.70%

9,986.46

272.67

 

La decisión fue tomada mediante un consenso tripartito entre el Ministerio del Trabajo (MITRAB), las centrales sindicales y representantes del sector privado. Este incremento ha beneficiado a diez sectores de la economía nacional, amparado en la Ley No. 625 “Ley del Salario Mínimo”. El cumplimiento de pago de estos nuevos montos es obligatorio para todos los empleadores.

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