Se aprobó en segundo debate este jueves 21 de abril la interpretación autentica a la Ley Para Atraer Trabajadores Y Prestadores Remotos De Servicios De Carácter Internacional, en el sentido de que, en donde se estipula que el beneficio migratorio se otorgará por un año, se interprete que se otorgará hasta por un año, es decir, los solicitantes podrán pedir y obtener una visa por un plazo menor al año.

Asimismo, se adiciona el artículo 11 bis en donde detalla que los requisitos aplicables a los solicitantes o beneficiarios y su grupo familiar serán únicamente aquellos que se les aplica o exige a los turistas, y a los requisitos vigentes la administración podrá aplicar la Ley 8220, Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, de 4 de marzo de 2002.

Con esta nueva normativa, Costa Rica cuenta con un marco legal idóneo para atraer a nómadas digitales, proporcionando una mayor seguridad jurídica al sector turismo e incentivando a trabajadores que puedan laborar de forma remota viviendo en Costa Rica.