Federico Barrios
Director en BLP
Nicaragua
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Nicaragua viene regulando la aplicación de herramientas tecnológicas en actividades financieras desde, y en la medida que, el mercado local exige la implementación de avances que permitan procesos más eficientes en la ejecución de operaciones con dinero.

El concepto Fintech lo podemos entender como todo lo referido las a tecnologías que permitan la innovación financiera, resultando en productos o herramientas que tengan impacto en la prestación de servicios financieros.

Historia moderna

Hablando de los últimos 20 años, la Ley General de Bancos de 2005 ya le daba cierta libertad a las instituciones financieras de proveer medios de pago como las tarjetas de crédito y débito, o servicios de transferencia de dinero, casas de cambios, remesas y otros.

En 2012, normativas de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (SIBOIF) vinieron a regular y permitir la aparición de nuevos servicios como la billetera móvil, el dinero electrónico y la creación de empresas específicas para estos servicios. Entre otras cosas, esto dio pase a las tarjetas prepago y al pago mediante teléfonos celulares y otros medios virtuales.

Luego de varias rondas de modificaciones, en 2020 y en paralelo, la SIBOIF revocaba las regulaciones que había emitido en este respecto y el Banco Central (BCN), aprobaba resoluciones específicas, asumiendo la supervisión de las empresas que prestan servicios de medios de pago y uso de dinero electrónico, así como las de remesas y cambio de moneda.

Una nueva y más reciente ola de regulaciones a servicios financieros que utilizan medios tradicionales y tecnológicos para proveer sus soluciones, se dio entre abril y junio de este año. Los cambios en las regulaciones son resultado directo de la última reforma (Ley 1072 de mayo 2021) a la Ley 977 Contra el Lavado de Activos y Ley General de Bancos.

Esta última reforma introdujo conceptos como Activos Virtuales y sus proveedores o monedas fíat. También se le otorgó a los bancos comerciales la facultad de proveer servicios de activos virtuales.

Regulación actual

Por la transversalidad del impacto de las normas anti lavado de dinero y por qué en ella se contemplan y regulan por primera vez algunos medios de pagos que se entenderían como fintech, la ley 977 y sus reformas forma parte del marco regulatorio principal de las Fintech. Otras normativas del BCN regulan de forma específica los permisos de operación de las empresas según su giro de negocio e incluso tienen su propio estatuto de protección a los usuarios y consumidores.

Los tipos de empresas reguladas son: 1) Proveedores de Tecnología Financiera de Servicios de Pagos; 2) Proveedores de Servicios de Activos Virtuales; 3) Proveedores de Servicios de Compraventa y/o cambio de moneda; y 4) Proveedores de Servicios de Pago de Remesas.

Proveedores de Tecnología de Financiera de Servicios de Pago (PSP) y de Activos Virtuales (PSAV).

La regulación vigente se aprobó en abril 2022 derogando una norma de septiembre 2020 que, entre otras cosas, no regulaba los PSAV. Al englobar en el concepto de PSP una serie de servicios, esta normativa es la que tiene la esfera de influencia de todas.

Como servicios de pago se pueden entender un sinnúmero de actividades o facilidades que se irán desarrollando e implementando, y es por eso que este concepto lo dejan bastante abierto, de modo que alcancen en él, esquemas novedosos, que aún no son regulados. No obstante, si se dieron a la tarea de identificar 7 servicios que caen inmediata y automáticamente bajo la norma: carteras digitales, puntos de venta móvil, dinero electrónico, compraventa o intercambio de divisa de forma electrónica, transferencia de fondos, pasarelas de pago online, y exclusivo y único de los PSAV: activos virtuales.

Si bien, en su mayoría son los mismos bancos y financieras los que están autorizados a prestar estos servicios, también existen algunas otras entidades que están abriéndose camino para ofrecer distintas facilidades al mercado.

Proveedores de Servicios de Compraventa y/o Cambio de Monedas y Proveedores de Servicios de Pago de Remesas

En junio 2022 se publicaron las últimas versiones revisadas de los reglamentos vigentes desde finales de 2019. Como sus predecesores, estos se concentra en las formalidades para obtener licencia o registro de operación, requisitos de programas anti lavado de dinero y un módulo de infracción y sanciones

¿Qué puede haber en el futuro de la regulación nicaragüense?

El mercado local aún no está lo suficientemente desarrollado como para sacarle todo el provecho a los avances tecnológicos en materia financiera, pero solo algunas de las herramientas que se podrían implementar son:

  • Plataformas de financiamiento alternativo como crowdfunding, crowdlending, o préstamos P2P;
  • Gestión de contratos inteligentes (smart contracts);
  • Córdoba digital (moneda digital de banco central)

En palabras simples: ¿Qué es dinero electrónico?

Es un instrumento financiero que representa y se respalda por a una moneda nacional y nos permite realizar pagos y transferencias a través de dispositivos electrónicos. El dinero en efectivo o el depositado en bancos, se usa para adquirir dinero electrónico como una anotación en un soporte electrónico generado por proveedor, y luego lo podemos utilizar para hacer transacciones ágilmente.

¿Cuál es la diferencia entre una transferencia de dinero electrónico con una transferencia de dinero en mi banca en línea?

La diferencia más simple es que para hacer uso de tu banca en línea, en todos los casos el emisor debe tener una cuenta de banco, y en casi todos los casos, el receptor también. En una transferencia de dinero electrónico, los usuarios puede no ser sujetos bancables y aun así tener acceso a medios de pago y de almacenamiento de fondos. El dinero electrónico no «está» en una cuenta de banco, por lo que las transacciones pueden llegar a ser más ágiles.

¿Las remesas y las compraventas y cambio de moneda son servicios ya establecidos, por qué se incluyen como fintech o algo novedoso?

Por la implementación de herramientas novedosas que, por un lado, les permiten abaratar sus costos simplificando procesos, y por otro, les permiten interconectarse con proveedores de otros servicios, facilitando el acceso a los fondos a personas cuya única opción había sido el uso de efectivo.

En BLP tenemos un equipo que puede asistirle en el proceso. Para más información contáctenos a [email protected] o al +506 6280 2269 a través de WhatsApp, Telegram.