Mediante Decreto, Hacienda actualizó los tramos y créditos del Impuesto Sobre la Renta para el trabajo personal dependiente, jubilación o pensión u otras remuneraciones, así como el monto y los tramos para personas jurídicas y los tramos y créditos fiscales para personas físicas con actividades lucrativas, como se detalla a continuación:
Impuesto Sobre la Renta por trabajo dependiente, jubilación, pensión u otras remuneraciones (impuesto al salario) |
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Monto |
Impuesto |
Hasta ¢842.000,00 | Exento |
Sobre el exceso de ¢842.000,00 y hasta ¢1.236.000,00 | 10% |
Sobre el exceso de ¢1.236.000,00 y hasta ¢2.169.000,00 | 15% |
Sobre el exceso de ¢2.169.000,00 y hasta ¢4.337.000,00 | 20% |
Sobre el exceso de ¢4.337.000,00 | 25% |
Créditos fiscales trabajo personal dependiente:
- Por cada hijo: ¢1.570,00
- Por el cónyuge: ¢2.370,00
Impuesto Sobre la Renta personas jurídicas, cuya renta bruta no supere los ¢109.337.000,00 |
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Monto |
Impuesto |
Sobre los primeros ¢5.157.000,00 de renta neta anual | 5% |
Sobre el exceso de ¢5.157.000,00 y hasta ¢7.737.000,00 | 10% |
Sobre el exceso de ¢7.737.000,00 y hasta ¢10.315.000,00 | 15% |
Sobre el exceso de ¢10.315.000,00 | 20% |
Impuesto Sobre la Renta persona física con actividad lucrativa |
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Monto |
Impuesto |
Hasta ¢3.742.000,00 anuales | Exento |
Sobre el exceso de ¢3.742.000,00 y hasta ¢5.589.000,00 | 10% |
Sobre el exceso de ¢5.589.000,00 y hasta ¢9.322.000,00 | 15% |
Sobre el exceso de ¢9.322.000,00 y hasta ¢18.683.000,00 | 20% |
Sobre el exceso de ¢18.683.000,00 | 25% |
Créditos fiscales de las personas físicas con actividades lucrativas:
a) Por cada hijo ¢18.840,00 anuales.
b) Por el cónyuge ¢28.440,00.
(Decreto N.º 42733-H publicado en La Gaceta No. 288 del 8 de diciembre de 2020)