El lunes 6 de abril del 2020, el Instituto Guatemalteco de Migración -IGM- en cumplimiento de las disposiciones presidenciales, en relación con estado de calamidad, emitió un comunicado en su página oficial el cual contiene disposiciones especiales para proteger a los extranjeros con calidad de turistas y así puedan permanecer en Guatemala lo que dure el estado de calamidad decretado, sin incurrir en multa por estadía extemporánea en el país. Por lo tanto, a partir del 6 de marzo del 2020 al 5 de mayo del 2020, el cómputo de los días será como inhábiles. Los extranjeros que posean una visa de turista o una prórroga de visa de turista deben tomar las siguientes consideraciones:

Extranjeros con Visa de Turista:

En caso la visa de turista venciere en el periodo del 6 de marzo al 5 de mayo, el extranjero no debe solicitar prorroga ya que son días inhábiles, no obstante, si la visa de turista venció antes del 6 de marzo el extranjero tiene las siguientes dos opciones:

  1. Solicitar prorroga de visa de turista por la misma cantidad de días que el agente de migración indicó en el sello de entrada a Guatemala.
  2. Pagar Q15 de multa por cada día de estadía extemporánea en Guatemala.

Extranjeros con Prórroga de Visa de Turista:

En el supuesto que la prórroga de visa de turista venciere en el periodo del 6 de marzo al 5 de mayo, el extranjero no debe pagar multa por estadía extemporánea ya que los días son inhábiles. Ahora bien, si la prórroga de visa de turista venció antes del 6 de marzo el extranjero ya no puede solicitar prorroga de visa ya que se puede solicitar una única vez. Por lo tanto, deberá pagar la multa de Q15 por cada día de estadía extemporánea en Guatemala.

 

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