En el mercado actual hay varios tipos de programas de Cumplimiento que se pueden implementar en una empresa y la aplicación y alcances de cada uno de estos varía según las necesidades y requerimientos de cada negocio.

De manera general, en Nicaragua todos estamos obligados a cumplir con la ley y todas las normativas penales, tributarias, civiles, laborales, las regulatorias específicas del sector en el que opera nuestra empresa, etc.

Algunos agentes económicos también deben cumplir con las obligaciones impuestas por la Ley de Prevención al Lavado de Activos referentes a identificar y mitigar el riesgo de que su empresa sea utilizada como un vehículo para operaciones con fondos que provienen o tienen como finalidad una actividad ilícita.

El incumplimiento de cualquier norma sea por equivocación, por descuido, o desconocimiento de la ley, o incluso por un trabajador actuando de forma independiente, puede acarrear diversas penalidades para la empresa.

Por lo anterior, es recomendable que las empresas cuenten con sistemas personalizados que le ayuden a sus directivos y accionistas a procurar el cumplimiento de sus obligaciones y/o saber cuáles son las actividades que le suponen un mayor riesgo. La base para que el programa de cumplimiento sea efectivo y apropiado para cada entidad, es el estudio y análisis de los riesgos que enfrenta la empresa en su actividad económica y su entorno empresarial.

El análisis de riesgos es la piedra angular para desarrollar el programa de cumplimiento.

En el ámbito internacional, el Compliance y la industria que se ha creado alrededor del mismo, gira en torno a mitigar los riesgos que puede tener una empresa a verse relacionada o involucrada con actividades de Lavado de Dinero o Financiamiento al Terrorismo (Bank Secrecy Act), actos de corrupción como soborno y soborno internacional (FCPA, UK Bribary Act, Canadian FCPA), violación a sanciones económicas (OFAC, UE, CANADA) y al hecho de que los entes gubernamentales que aplican cada uno de esos programas internacionales ven a los programas de Cumplimiento, como factores relevantes a la hora de decidir sobre la imposición de una multa por infracción.

De regreso al ámbito nacional, es importante recalcar que las empresas nicaragüenses que son filiales o tienen estrecha relación comercial con compañías de países con normativas anticorrupción, antilavado de dinero y/o con programas de sanciones económicas deben tener especial cuidado en evitar involucrarse en operaciones que puedan infringir los reglamentos mencionados ya que pueden acarrearles multas a sus socios comerciales o empresas matrices.

En sentido opuesto, un actor económico con un programa de cumplimiento adecuado no solo debe ser catalogado como una empresa responsable y comprometida con la regulación nacional e internacional, sino que también es aquella que aporta un elemento diferenciador y valor agregado de seguridad a la hora de negociar acuerdos comerciales.

En resumen, son muchas las razones por las cuales es importante conocer y manejar los riesgos legales de la empresa. En algunos casos, es requerido por las autoridades nacionales para el debido funcionamiento de la empresa en el marco jurídico establecido.

Cualquier empresa que desee proteger su operación y/o ofrecer este valor agregado para potenciales socios comerciales deberá acercarse a un profesional en la materia para:

  1. 1) Preparar un mapa de riesgos de su empresa
  2. 2) Elaborar un programa de cumplimiento seccionado para cubrir los tipos de riesgos que se detecten como los más importantes
  3. 3) Dar seguimiento en la aplicación del programa de cumplimiento en actividades de análisis continuo de riegos, capacitaciones periódicas al personal y auditoría sobre la efectiva aplicación del programa.
Autor: BLP.