El Congreso de la República de Guatemala aprobó el Decreto Número 17-2025, Ley para la Facilitación del Cumplimiento en la Devolución de Impuestos (en adelante, “Decreto”), una reforma integral orientada a modernizar, ordenar y agilizar los procedimientos de devolución y restitución de créditos fiscales, principalmente del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El Decreto introduce herramientas fiscales y administrativas que buscan fortalecer la relación fisco contribuyente, mejorar la transparencia, reducir la discrecionalidad administrativa e impulsar la liquidez empresarial mediante mecanismos más eficientes y previsibles.

Objetivos de la ley

  1. Agilizar las devoluciones tributarias

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) deberá resolver las solicitudes de devolución en plazos máximos de 30 a 60 días hábiles, dependiendo del tipo de trámite.

  1. Implementar un sistema de cuenta corriente tributaria

Se crea un sistema que permite que los saldos a favor del contribuyente se usen para pagar futuros impuestos, sin necesidad de esperar una devolución en efectivo.

  1. Fortalecer la transparencia, control y disponibilidad de fondos

Se establece una cuenta especial en el Banco de Guatemala, financiada con al menos el 8% del IVA que se recauda cada día, destinada exclusivamente a devolver créditos fiscales. Con esto se busca garantizar que haya dinero disponible para cumplir con las devoluciones aprobadas.

  1. Facilitar el acceso a devoluciones para exportadores y ventas a entidades exentas

Se crea un régimen especial de devolución anticipada que permite a los exportadores y a los vendedores para recuperar mensualmente una parte significativa del crédito fiscal:

  • 75% para montos de devolución hasta Q500,000,
  • 60% para montos superiores.
  1. Prevenir el fraude fiscal y fortalecer la fiscalización

La ley incorpora controles adicionales y causales claras de improcedencia para solicitudes de devolución, especialmente cuando:

  • Existan indicios de delitos tributarios
  • No se acredite el pago real y efectivo de las facturas que originan el crédito fiscal.
  • Con ello se busca asegurar que las devoluciones recaigan únicamente en créditos legítimos, protegiendo los recursos públicos.

Por último, el Decreto incluye reformas clave a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (Decreto 27-92) y el Código Tributario (Decreto 6-91).

El Decreto fue declarado de urgencia nacional y aprobado en un solo debate. El Decreto fue declarado de urgencia nacional y aprobado en un solo debate. Conforme a su disposición final, entró en vigor el 29 de noviembre de 2025.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *