Conozca las obligaciones anuales que aplican a sus empresas en Costa Rica. En BLP podemos ayudarle para asegurarse su cumplimiento.

  • Aplica sobre la totalidad de empresas registradas en el país, activas o inactivas.
  • Vencimiento: 31 de enero.
  • Fecha máxima para recibir fondos: 25 de enero 2022.
  • El monto anual que deberán pagar las sociedades depende de los ingresos brutos declarados en el período fiscal 2020-2021:
Tipo de sociedad Impuesto
Persona jurídica sin actividad económica o ingresos reportados. Aprox. USD$120.00
Persona jurídica con ingresos brutos menores a 55,464,000.00 Colones. Aprox. USD$200.00
Persona jurídica con ingresos brutos entre 55,464,000.00 Colones y 129,416,000.00 Colones. Aprox. USD$240.00
Persona jurídica con ingresos brutos mayores a 129,416,000.00 Colones. Aprox. USD$395.00
  • Aplica a los propietarios de titulares de derechos sobre los bienes inmuebles de uso habitacional, los concesionarios, los permisionarios y los ocupantes de la franja fronteriza de la zona marítimo-terrestre o de cualquier otro inmueble otorgado por el Estado o sus instituciones, que posean una construcción principal y accesoria que superen el mínimo exento de 137.000.000,00 de colones o USD $214 000.00.
  • Vencimiento: 15 de enero 2022.
  • Fecha máxima para recibir información: 12 de enero 2022.
  • Aplica para sociedades inactivas, es decir, que no desarrollan una actividad económica. La información por declarar corresponde a los activos, pasivos y capital.
  • Vencimiento: 15 de marzo del 2022.
  • Fecha máxima para recibir información: 7 de marzo 2022.
  • Los socios deberán celebrar una reunión al año cuando menos, dentro de los tres primeros meses del año, con el fin de hacer nombramiento de directivos (cuando fuere del caso), conocer los inventarios y balances, así como tomar los acuerdos necesarios para la buena marcha de la sociedad.
  • Aplica sobre la totalidad de empresas registradas en el país, activas o inactivas.
  • Vencimiento: 31 de marzo 2022.
  • Fecha máxima para recibir fondos: 20 de marzo 2022.
  • El monto anual que deberán pagar las sociedades su capital social y varía entre aproximadamente USD$10.00 y USD$30.00.
  • Las sociedades que no cuenten con un apoderado domiciliado en Costa Rica deberán nombrar un Agente Residente cuya única responsabilidad será recibir notificaciones en nombre de la sociedad.
  • Por ley el Agente Residente debe ser un abogado con oficina abierta en el país.
  • Aplica a todas las personas jurídicas y otros vehículos jurídicos como los administradores de recursos de terceros, organizaciones sin fines de lucro y fideicomisos privados, deberán suministrar anualmente ante la plataforma administrada por el Banco Central de Costa Rica la información que permita determinar e identificar quienes son sus beneficiarios finales.
  • Vencimiento: 30 de abril de 2022.
  • Fecha máxima para recibir información: 22 de marzo 2022.