Conozca las obligaciones anuales que aplican a sus empresas en cada uno de los países de Centroamérica. En BLP podemos ayudarle para asegurar su cumplimiento en cada país.

Descargue cada una de las fechas de cumplimiento en la agenda electrónica de su preferencia para evitar multas y sanciones.

Guía de Obligaciones Societarias Centroamérica 2022

COSTA RICA

Conozca las obligaciones anuales que aplican a sus empresas en Costa Rica. En BLP podemos ayudarle para asegurarse su cumplimiento.

Pago del Impuesto a las Personas Jurídicas

  • Aplica sobre la totalidad de empresas registradas en el país, activas o inactivas.
  • Vencimiento: 31 de enero.
  • Fecha máxima para recibir fondos: 25 de enero 2022.
  • El monto anual que deberán pagar las sociedades depende de los ingresos brutos declarados en el período fiscal 2020-2021:
Tipo de sociedad Impuesto
Persona jurídica sin actividad económica o ingresos reportados. Aprox. USD$120.00
Persona jurídica con ingresos brutos menores a 55,464,000.00 Colones. Aprox. USD$200.00
Persona jurídica con ingresos brutos entre 55,464,000.00 Colones y 129,416,000.00 Colones. Aprox. USD$240.00
Persona jurídica con ingresos brutos mayores a 129,416,000.00 Colones. Aprox. USD$395.00

Declaración y pago del impuesto solidario

  • Aplica a los propietarios de titulares de derechos sobre los bienes inmuebles de uso habitacional, los concesionarios, los permisionarios y los ocupantes de la franja fronteriza de la zona marítimo-terrestre o de cualquier otro inmueble otorgado por el Estado o sus instituciones, que posean una construcción principal y accesoria que superen el mínimo exento de 137.000.000,00 de colones o USD $214 000.00.
  • Vencimiento: 15 de enero 2022.
  • Fecha máxima para recibir información: 12 de enero 2022.

Declaración de patrimonio sociedades inactivas

  • Aplica para sociedades inactivas, es decir, que no desarrollan una actividad económica. La información por declarar corresponde a los activos, pasivos y capital.
  • Vencimiento: 15 de marzo del 2022
  • Fecha máxima para recibir información: 7 de marzo 2022.

Asamblea Anual de Socios

  • Los socios deberán celebrar una reunión al año cuando menos, dentro de los tres primeros meses del año, con el fin de hacer nombramiento de directivos (cuando fuese el caso), conocer los inventarios y balances, así como tomar los acuerdos necesarios para la buena marcha de la sociedad.

Timbre de Educación y Cultura

  • Aplica sobre la totalidad de empresas registradas en el país, activas o inactivas.
  • Vencimiento: 31 de marzo 2022.
  • Fecha máxima para recibir fondos: 20 de marzo 2022.
  • El monto anual que deberán pagar las sociedades varía entre aproximadamente USD$10.00 y USD$30.00.

Agente Residente

  • Las sociedades que no cuenten con un apoderado domiciliado en Costa Rica deberán nombrar un Agente Residente cuya única responsabilidad será recibir notificaciones en nombre de la sociedad.
  • Por ley el Agente Residente debe ser un abogado con oficina abierta en el país.

Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales

  • Aplica a todas las personas jurídicas y otros vehículos jurídicos como los administradores de recursos de terceros, organizaciones sin fines de lucro y fideicomisos privados, deberán suministrar anualmente ante la plataforma administrada por el Banco Central de Costa Rica la información que permita determinar e identificar quienes son sus beneficiarios finales.
  • Vencimiento: 30 de abril de 2022.
  • Fecha máxima para recibir información: 22 de marzo 2022.

EL SALVADOR

Conozca las obligaciones anuales que aplican a sus empresas en El Salvador. En BLP podemos ayudarle para asegurarse su cumplimiento.

Actualizar dirección de notificaciones

  • Aplica para los comerciantes con registro de IVA, quienes están obligados a actualizar la dirección para recibir notificaciones.
  • Vencimiento: 10 de enero de 2022.

Informe de dividendos, acciones y socios

  • Las sociedades que distribuyen dividendos, excedentes o utilidades, deberán informar dentro del mes de enero, todas las distribuciones efectuadas en el año inmediato anterior. Asimismo, tendrán la obligación de remitir en el mismo plazo, el listado de las personas que tengan la calidad de socio, accionista o cooperado, se les haya o no efectuada distribución de dividendos, excedentes o utilidades.
  • Vencimiento: 31 de enero de 2022.

Informe de retención de impuesto sobre la renta

  • Se debe elaborar un informe de todas las retenciones de impuesto sobre la renta que se han reportado mensualmente en el mes de enero de cada año.
  • Vencimiento: 31 de enero de 2022.

Informe sobre inventarios

  • En el mes de febrero es necesario presentar el detalle del inventario realizable (es decir, el que se vende) de las empresas, artículo por artículo detallando nombre, cantidad o existencia final al 31 de diciembre del año cerrado.
  • Vencimiento: 28 de febrero de 2022.

Impuesto municipal

  • Aplica para la mayoría de las alcaldías en el país; incluyendo San Salvador, Santa Tecla, San Miguel, Antiguo Cuscatlán, etc.
  • Para Santa Ana es en abril.
  • La declaración debe presentarse antes del 31 de marzo y el pago hacerse antes del 30 de abril, para los ingresos del año anterior.
  • Vencimiento: 31 de marzo de 2022; última fecha de pago 30 de abril de 2022.

Impuesto sobre la Renta

  • Las sociedades sujetas al impuesto están obligadas a presentar declaración de impuesto sobre la renta, debiendo realizar la liquidación de las rentas, del impuesto respectivo y efectuar el pago.
  • La declaración deberá presentarse dentro de los primeros 4 meses del año.
  • Las sociedades calcularán su impuesto aplicando a su renta imponible, la tasa del 30%; excepto si han obtenido rentas gravadas menores o iguales a ciento cincuenta mil dólares (US$150,000.00), a las cuales aplicarán la tasa del 25%.
  • Vencimiento: 30 de abril de 2022.

Junta General de Accionistas

  • Aplica para todas las sociedades en El Salvador.
  • Deberá celebrarse una Junta General de Accionistas de manera anual durante el mes de mayo para poder aprobar lo siguiente: memoria de labores del representante legal, estados financieros del ejercicio, nombramiento del auditor externo de la sociedad (y fiscal, si aplica), y aplicación de los resultados del ejercicio.
  • Vencimiento: 31 de mayo de 2022.

Balance General, Estado de Resultados y Conciliación Fiscal

  • En el mes de mayo debe ser presentado el Balance General, Estado de Resultados y Conciliación Fiscal en el Formulario F971.
  • Debe presentar estados financieros auditados para inscripción en el Registro de Comercio.
  • Debe presentar el nombramiento del auditor externo para el ejercicio para inscripción en el Registro de Comercio.
  • Vencimiento: 31 de mayo de 2022.

Dictamen Fiscal y nombramiento de Auditor Fiscal

  • El Auditor nombrado deberá presentar el Dictamen Fiscal juntamente con el Informe Fiscal, los Estados Financieros, las Conciliaciones Tributarias e información suplementaria, a más tardar el treinta y uno de mayo del año siguiente al período que se declara.
  • Vencimiento: 31 de mayo de 2022.

Renovar la matrícula de empresa y registro de locales

  • Las matrículas de empresa y registro de locales deben ser renovados anualmente.
  • Para la renovación de matrícula de empresa debe presentarse debidamente auditado el balance general y el recibo de pago de derechos. El pago de derechos correspondientes al Depósito del Balance General, Renovación de la Matrícula y del Registro de local, sucursal o agencia debe hacerse en los bancos o instituciones del sistema financiero autorizadas, mediante formularios de pago disponibles en dichas instituciones. La obligación debe cumplirse anualmente en el mes en que fue inscrita la escritura de constitución.

Constancia de registro de información estadística

  • Toda empresa legalmente constituida debe tramitar la obtención de esta constancia, la ley otorga sesenta días como máximo para realizar dicho trámite a partir de la fecha en que la empresa ha sido constituida; asimismo debe renovarse anualmente en el mes del cumpleaños del propietario de la empresa.
Activo mínimo Activo máximo
Valor anual
0 US $11,428.57  US $ 5.00 
US $11,428.57 US $57,142.86  US $8.00 
US $57,142.86  US $114,285.71  US $10.00 
US $114,285.71 US $228,571.43  US $15.00 
US $228,571.43 o más.
US $20.00 

GUATEMALA

Conozca las obligaciones anuales que aplican a sus empresas en Guatemala. En BLP podemos ayudarle para asegurarse su cumplimiento.

Permiso para laborar en días de asueto y descanso 

  • Si la sociedad por la naturaleza de las funciones requiere operar en días de asueto y descanso semanal, deberá solicitar autorización a inicios de año a la Inspección General de Trabajo. 

Adecuación del salario mínimo 

  • Adecuar los salarios mínimos de los trabajadores de la empresa de conformidad con el Acuerdo Gubernativo que para el efecto emita el Presidente de la República de Guatemala. 
  • De conformidad con el Acuerdo Gubernativo No. 278-2021 publicado en el Diario de Centroamérica el 17 de diciembre de 2021, se establece el salario mínimo que regirá a partir del uno de enero de 2022. 

Actividad económica

Salario diario

Salario mensual

Bonificación

Salario total

AGRÍCOLA

Q.94.44

Q.2,872.55

Q.250.00

Q.3,122.55

NO AGRÍCOLA

Q.97.29

Q.2,959.24

Q.250.00

Q.3,209.24

EXPORTADORA Y DE MAQUILA

Q.88.91

Q.2,704.35

Q.250.00

Q.2,954.35

Primeros 40 días de cada año: Declaración Jurada ante Notario, de cumplimiento de obligaciones laborales. Aplica únicamente para empresas bajo el amparo del Decreto 29-89 del Congreso de la República de Guatemala -Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila- 

  • Presentar al Departamento de Política Industrial, la Declaración Jurada ante Notario, a través de su Representante Legal, en la que se haga constar que durante el año calendario anterior, la entidad ha cumplido con las obligaciones establecidas en las leyes laborales del país y la boleta de actualización de información de empresas amparadas al Decreto Número 29-89 del Congreso de la República de Guatemala «Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila». 

Informe del Empleador 

  • Durante los 2 primeros meses de cada año, todo empleador está obligado a remitir al Ministerio de Trabajo y Previsión Social un informe que contenga nombres y apellidos de los trabajadores, salario total devengado en el año anterior, nacionalidad y cualquier tipo de remuneración. 

Presentar la totalidad de la nómina de los trabajadores

Aplica únicamente para empresas bajo el amparo del Decreto 29-89 del Congreso de la República de Guatemala «Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila».

  • Presentar anualmente, al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a través de la Inspección General de Trabajo y Previsión Social, dentro del plazo de los dos (2) primeros meses de cada año, la totalidad de la nómina de los trabajadores de la empresa. 

Asamblea/ Junta anual de Accionistas/ Socios

  • Los Accionistas/ Socios deberán celebrar una Asamblea/ Junta anual, dentro de los primeros 4 meses que sigan al cierre del ejercicio social, en la que se conozcan los siguientes asuntos: Estados Financieros correspondientes al último ejercicio fiscal, informe del Órgano de Administración, informe del Órgano de Fiscalización, si lo hubiere, sobre el proyecto de distribución de utilidades, nombramientos de los administradores de la sociedad y cualquier otro asunto que señale la escritura de constitución.

Declaración jurada anual ante la Autoridad Tributaria

  • Todo contribuyente debe presentar una declaración jurada anual informativa a la Autoridad Tributaria, dentro de los primeros 3 meses de cada año, correspondiente a los ingresos obtenidos en el año calendario inmediato anterior (contribuyentes inscritos en el Régimen Opcional Simplificado sobre Ingresos de Actividades Lucrativas).

Estudio de Precios de Transferencia

  • Presentación del estudio de precios de transferencia ante la Autoridad Tributaria, dentro de los primeros 3 meses del año.

Estudio de Impacto Ambiental

  • Toda empresa independientemente del giro de actividad debe contar con un Estudio de Impacto Ambiental vigente, antes del 19 de diciembre de 2022, elaborado por un ingeniero ambiental avalado por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. En caso no se cuente con él al momento de una inspección por parte de las autoridades ambientales, la empresa será sancionada con multa (la primera vez) y en caso de reincidencia se puede ordenar la suspensión de actividades.

Licencia Ambiental

  • Toda empresa independientemente del giro de actividad debe contar con una Licencia Ambiental vigente, antes del 19 de diciembre de 2022 y debe ser renovada cada 3 años, emitida por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. En caso no se cuente con ella al momento de una inspección por parte de las autoridades ambientales, la empresa será sancionada con multa (la primera vez) y en caso de reincidencia se puede ordenar la suspensión de actividades.

Plan de Salud y Seguridad Ocupacional 

  • Todo patrono debe mantener inscrito su Plan de Salud y Seguridad ocupacional ante el Ministerio de Trabajo y Previsión Social de Guatemala. 

Publicación de Balance General

  • Presentar al Registro Mercantil de Guatemala el Balance General para su publicación una vez al año, al cierre de cada ejercicio fiscal.

Actualización o Ratificación de información ante la Autoridad Tributaria

  • Actualización o Ratificación de datos de inscripción de la sociedad en el Registro Tributario Unificado de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT). La actualización o ratificación debe contener, además, la actualización de su actividad o actividades económicas principales, que serán aquellas que en el período de imposición correspondiente hubieren reportado más del cincuenta por ciento (50%) de ingresos al contribuyente.

HONDURAS

Conozca las obligaciones anuales que aplican a sus empresas en Honduras. En BLP podemos ayudarle para asegurarse su cumplimiento.

Impuesto Industria, Comercio y Servicio (Municipal)

  • Se requiere para la renovación anual del Permiso de Operación Municipal. Se puede pagar anual o mensualmente, y es obligatorio a toda persona natural o comerciante individual o social, por su actividad mercantil, de acuerdo a su volumen de producción, ingresos o ventas anuales.
  • Vencimiento: 31 de enero.
  • La falta de cumplimiento de esta disposición será sancionada con una multa equivalente al impuesto correspondiente a un mes.
De L. 0.00 a L. 500,000.00 L. 0.30 por mil
De L. 500,001.00 a L. 10,000,000.00 L. 0.40 por mil
De L. 500,001.00 a L. 10,000,000.00 L. 0.30 por mil
De L. 20,000,001.00 a L. 30,000,000.00
L. 0.20 por mil
De L. 30,000,001.00
L. 0.15 por mil

Declaración Anual de Socios y Participación de Utilidades

Empresas de negocios de cualquier clase que estén establecidas o se establezcan en el futuro, así como instituciones de crédito, las capitalizadoras y compañías de seguros que funcionen en el país, y que distribuyan dividendos entre sus accionistas, estarán obligados de suministrar a la SAR, antes del último día del mes de febrero de cada año, un informe que contenga:

  • El nombre de sus accionistas, de acuerdo con su registro.
  • El número de accionistas.
  • El número de acciones.
  • El Valor Nominal de las acciones.
  • El porcentaje de dividendos distribuidos por acción en los semestres anteriores al informe.
  • El monto total del efectivo pagado o a pagar a cada accionista.

Las corporaciones o sociedades organizadas fuera de Honduras e incorporadas en el país, inclusive las concesionadas y sus filiales, rendirán el informe a que se contrae este artículo.

  • Vencimiento: 28 de febrero 2022.

Impuesto sobre la Renta

  • Aplica a personas naturales o jurídicas, el Impuesto sobre la Renta es un impuesto anual y grava los ingresos provenientes del capital, del trabajo o la combinación de ambos.
  • Vencimiento: 30 de abril del 2022
  • El monto anual que deberán pagar las sociedades depende de los ingresos brutos declarados en el período fiscal 2020-2021:
  • El monto del Impuesto sobre la Renta para las sociedades es:
    • el 25% sobre la renta neta si generan ingresos brutos iguales o menores a L 1,000,000,000.00 (aprox US$41,291,601.00).
    • El 1% si generan ingresos brutos superiores a 1,000,000,000.00 cuando la aplicación del 25% anterior sea inferior al 1% de los ingresos brutos.
    • 5% en concepto de Aportación Solidaria cuando la renta neta gravable es superior a L 1,000,000 (aprox US$ 41,291).

Impuesto Activo Total Neto

  • Aplica a personas jurídicas, aplicable sobre el Activo Total Neto de las personas jurídicas, domiciliadas en Honduras que tengan el carácter de comerciantes de conformidad con el Código de Comercio. La tasa de este impuesto cedular será del uno por ciento (1%) sobre el valor del activo total neto determinado en el Balance General de fecha 31 de diciembre de año imponible
  • Vencimiento: 30 de abril del 2022.

Aportación Solidaria

  • Aplica a las personas jurídicas, excepto las incluidas en los Regímenes Especiales de Exportación y Turismo sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 22 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, pagaran una Aportación Solidaria del Cinco Por Ciento (5%) que se aplicará sobre el exceso de la renta neta gravable superior a Un Millón de Lempiras (L 1,000,000.00).
  • Vencimiento: 30 de abril del 2022.

Ganancias de Capital

  • Aplica a personas naturales o jurídicas, las ganancias de capital obtenidas por las personas naturales o jurídicas, domiciliadas o no en Honduras, pagarán un Impuesto Único del diez por ciento (10%) por lo que no estarán sujetas a la tarifa progresiva del Impuesto sobre la Renta
  • Vencimiento: 30 de abril del 2022.

Precios de Transferencia

  • Aplica a:
    • Contribuyentes que al 31 de diciembre del año que se informa, pertenezcan a los segmentos de Medianas Empresas o Grandes Empresas y que en dicho año hayan realizado operaciones con partes relacionadas locales y/o domiciliadas en el exterior, de acuerdo con las normas establecidas en el Decreto 232-2011 y su respectivo Reglamento;
    • Contribuyentes no clasificados en el segmento anterior que tengan operaciones con personas domiciliadas o residentes en un Paraíso Fiscal.
    • Contribuyentes que no estando comprendidos en los segmentos anteriores, que hayan efectuado operaciones con partes relacionadas locales y/o domiciliadas en el exterior, dentro de un mismo período fiscal en un monto acumulado superior a quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 500.000,00), o su equivalente de acuerdo a la paridad cambiaria entre la moneda nacional y la moneda extranjera en que se realizaron dichas operaciones, vigente al 31 de diciembre del ejercicio que se informa, de acuerdo a publicación efectuada por el Banco Central de Honduras
  • Vencimiento: 30 de abril del 2022
  • El no presentar o presentar la declaración jurada informativa anual de precios de transferencia con datos falsos o incompletos o inexactos en su momento será sancionado en base al N° 1 del Decreto 232-2011 con una multa de diez mil Dólares (US$10,000.00) de los Estados Unidos de América, pagaderos en su equivalente en Lempiras.

Obligaciones Varias/Declaraciones informativas

  • Las personas jurídicas que, por el giro de su negocio se encuentren obligados, deben presentar declaraciones informativas y realizar el pago, cuando aplique, de los siguientes impuestos:
    • Producción Consumo Gaseosas
    • Producción Consumo Cerveza
    • Producción de Alcoholes y Licores Nacionales
    • Impuestos Sobre Ventas
    • Casinos, Juegos de Envite o Azar
    • Premios de Urna de Lotería Nacional de Beneficencia
    • Premios de Lotería Electrónica Concesionada
    • Contribución Especial de Telefonía Móvil
    • Contribución Especial de Comidas y Bebidas Bajo Régimen Especial
    • Contribución de Casinos y Máquinas Tragamonedas
    • Retención en la Fuente Asalariados
    • Retención Ventas al Estado.
    • Retención Ventas (Art. 8)
    • Retención 12.5% (Art. 50)
    • Retención No Residentes (Art. 5)
    • Retención Dividendos o Utilidades
    • Retención Intereses (Art. 9)
    • Retención Anticipo I.S.R. (1% Art. 19)
    • Retención Impuesto Cedular Sobre Renta por Alquiler Habitacional
    • Retención Ganancia de Capital (10%)
    • Retención ISV por tarjetas de Débito y Crédito
    • Impuesto Sobre Venta Boletos de Lotería Electrónica Rifas y Sorteos
    • Declaración Mensual de Retenciones (DMR)
    • Tasa de Servicios Turísticos
  • Vencimiento: 10 de cada mes calendario.

Pago a cuenta del Impuesto Sobre Renta y Aportación Solidaria

  • Aplica a todas las personas naturales o jurídicas a partir de realizar su primera declaración de renta y aportación solidaria.  
  • Vencimiento: 30 de junio, 30 de Septiembre y 31 de diciembre.

Impuesto Bienes Inmuebles (Municipal)

  • Aplica a personas naturales y jurídicas. Se pagará anualmente, aplicando una tarifa de hasta L.3.50 por millar, tratándose de bienes inmuebles urbanos y hasta de L.2.50 por millar, en caso de inmuebles rurales. La tarifa aplicable la fijará la Corporación Municipal, pero en ningún caso los aumentos serán mayores a L.0.50 por millar, en relación a la tarifa vigente, la cantidad a pagar se calculará de acuerdo a su valor catastral y en su defecto, al valor declarado.
  • Vencimiento: 31 de agosto 2022.

Impuesto Personal (Municipal)

  • Aplica a personas naturales. Toda persona natural pagará anualmente un impuesto personal único, sobre sus ingresos anuales, en el municipio en que lo perciba.
  • Vencimiento: 30 de abril 2022.

NICARAGUA

Conozca las obligaciones anuales que aplican a sus empresas en Nicaragua. En BLP podemos ayudarle para asegurarse su cumplimiento.

Renovación de Matrícula de Negocio (Municipal)

Toda persona natural o jurídica que se dedique a la venta de bienes, industrias, o prestación de servicios, sean estos profesionales o no, deberán inscribirse ante municipalidad correspondiente y renovar su matrícula de inscripción todos los años.

  • Periodo: 1 de diciembre al 31 de enero (Managua) y 1 al 31 de enero (demás municipios).
  • Base: 2% sobre el promedio mensual de los ingresos brutos de los tres últimos meses del año anterior o de los meses transcurridos desde la fecha de apertura, si no llegaren a tres.
  • Penalidad: En caso de incumplimiento se aplicará una multa del 5% por cada mes de retraso.
  • Requisitos: Dentro de los requisitos para la renovación están:
    • Constancia de Rótulo y/o no Rótulos;
    • Formulario de Actualización de Información y soportes;
    • Aval Ambiental.

Impuestos sobre Rótulos (Municipal)

Es un impuesto anual que grava la utilización de propaganda y publicidad mediante rótulos ubicados en cada municipio de la República de Nicaragua.

  • Periodo: Enero.
  • Forma de Pago: Es pagadero en el mes de enero de cada año, en la municipalidad correspondiente. En caso de incumplimiento, se aplicará una multa del 5%.
  • Base: Según la Clasificación del Rótulo y el Tamaño de este.

Actualización de Información (Municipal)

Toda persona sea natural o jurídica que tenga una matrícula de negocio tiene la obligación de actualizar y/o en su caso ratificar la información declarada en el sistema de registro como contribuyente de la autoridad municipal. En todo caso el contribuyente deberá proporcionar cierta documentación soporte que acredite la existencia de la persona natural o jurídica, modificaciones y/o reformas.

Aval Ambiental (Municipal)

Toda persona sea natural o jurídica que tenga una matrícula de negocio, como parte del fortalecimiento del Plan de Gestión Ambiental a cargo de cada Autoridad Municipal, deberá solicitar a la Autoridad Municipal un Aval Ambiental como requisito necesario para solicitar la apertura de negocio o bien la renovación de la matrícula de negocio.

Declaración y pago de Impuesto sobre la Renta (IR) anual

Obligación que aplica sobre la totalidad de los contribuyentes inscritos en el régimen general en el país, con obligaciones activas o inactivas. Las personas jurídicas que no tienen operación también deben realizar la declaración.

  • Último día para declarar: último día de febrero.
  • Último día para pagar: último día de febrero.
  • Monto a pagar: 30% sobre la renta neta o porcentaje de Pago Mínimo Definitivo (1%, 2% o 3%) sobre la renta bruta gravable.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Municipal)

Impuesto anual que grava las propiedades inmuebles ubicadas en la circunscripción territorial de cada municipio de la República de Nicaragua.

  • Periodo: Primer trimestre (enero, febrero y marzo) para el primer 50% y segundo trimestre para el segundo 50%;
  • Base: 1% del 80% sobre el valor del avalúo catastral municipal;
  • Forma de Pago:
    • 50% durante el primer trimestre (enero, febrero y marzo);
    • 50% a más tardar el 30 de junio.
  • Descuento: A la cancelación del 100% en el primer trimestre se aplica un descuento del 10%.

Asamblea Ordinaria de Accionistas (Gobierno Corporativo)

Las Sociedad Anónimas deberán celebrar una Asamblea Ordinaria al año según el Código de Comercio (Art. 251 CC).

Es costumbre aprovechar esta asamblea ordinaria para presentar y aprobar los informes de gestión de los órganos de administración de la sociedad.

La Junta General también debe aprobar el balance de la empresa (Art. 257 CC), por lo que es usual realizarlo en la misma Asamblea Ordinaria y dentro de los primeros meses del año (luego del cierre fiscal) para efectos de presentar la Declaración del Impuesto Anual (IR) en base a las cuentas aprobadas.

Declaración de Beneficiario Final de sociedades en 2do Ciclo (Cumplimiento)

Las sociedades mercantiles tienen la obligación de Declarar y/o Actualizar la información relacionada al Beneficiario Final. De acuerdo con las instrucciones establecidas en la “Normativa De Funcionamiento Del Registro Del Beneficiario Final De Las Sociedades Mercantiles” la actualización de la información puede ser:

  • Ordinaria: Cada 12 meses, declarando si existe o no, cambios o modificaciones.
  • Extraordinaria: Cuando se produzca cualquier cambio que afecte la identificación de los Beneficiario Finales; teniendo la sociedad mercantil 30 días para realizar la actualización y 60 días en el caso de sociedades domiciliadas en el exterior.

En cuanto a la Declaración del Beneficiario Final, la autoridad competente ha establecido ciclos para iniciar a declarar la información. Actualmente el ciclo activo es para las sociedades mercantiles que su razón social empiece con la Letra I hasta la Z en periodo que va del 19/10/2021 al 18/04/2022.

Levantamiento de Inventario Físico (Fiscal) 

Los contribuyentes cuyo costo de ventas se determina por diferencia de inventarios deben efectuar un levantamiento al final del período fiscal gravable autorizado.

Actualización de información Básica (Gobierno Corporativo) 

 Las sociedades mercantiles deben inscribir la actualización de su información ante el Registro Mercantil competente. La Información Básica que cada entidad debe actualizar es referente a cambios en la composición accionaria, directores o administradores, domicilio social, información de los accionistas e información del representante legal de la entidad. 

Renovación de Junta Directiva (Gobierno Corporativo) 

 La Administración de las sociedades anónimas estará confiada a una Junta Directiva, nombrada por la Junta General o conforme lo disponga la escritura social. La elección de los directores se efectuará de entre los mismos socios, por tiempo fijo y determinado, que no exceda de diez años, sin perjuicio de revocación del mandato, siempre que este acuerdo se tome en Junta General.