Con 122 votos a favor, los diputados del Congreso de Guatemala han aprobado la iniciativa 5082, que contiene la «Ley Marco para la Defensa y Protección al Consumidor». Esta aprobación marca un hito significativo para el país y su compromiso con la protección de los derechos de los consumidores y la claridad para las empresas en cuanto a los procesos relacionados con la materia.

Esta nueva norma, que viene a sustituir la actual Ley de Protección al Consumidor y Usuario, pretende normar las relaciones entre proveedores, consumidores y usuarios como consecuencia de actos, contratos y adquisición de bienes que lleven a cabo uno con el otro, estableciendo infracciones, ampliando los derechos de los consumidores, prohibiciones de los proveedores y se dota de coerción al ente encargado de la vigilancia para el cumplimiento de las sanciones cuando se determinen perjuicios al consumidor y usuario. Para el efecto, se destaca que serán sujetas a esta ley personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras y entidades públicas o privadas.

Además, por medio de la ley, se dispone la creación de las siguientes instituciones:

(a) Procuraduría para la Defensa y Protección del Consumidor y Usuario (PRODECO).

(b) Consejo Técnico Consultivo de Defensa al Consumidor y Usuario.

(c) Consejo de Administrativo para la Defensa y Protección del Consumidor y Usuario.

(d) Delegaciones Departamentales al Consumidor y Usuario, entre otras dependencias.

Debe mencionarse que la autoridad superior (PRODECO) sería una autoridad autónoma e independiente con legitimación activa para actuar de oficio e iniciar proceso Administrativo, así como, acudir ante Órganos Jurisdiccionales con legitimación activa para ello.

Como consecuencia de su aprobación, se derogaría por completo el Decreto 06-2003, actual Ley de Protección al Consumidor y Usuario, se amplían los servicios, actos y bienes, que podrán ser sujetos a esta ley, tales como los servicios de Salud, Servicios Financieros y los actos relativos a la adquisición de bienes inmuebles. Así mismo, la ley en cuestión permite la iniciación de un proceso de queja administrativa o habilita substanciar acciones en materia Judicial para reclamar Daños y Perjuicios.

Por último, en su apartado respecto a Infracciones, las establece en forma escalonada, clasificándolas de leves a gravísimas y según sea el caso, se otorga legitimación para que PRODECO acuda ante autoridad jurisdiccional para solicitar medidas precautorias en defensa de los derechos de los usuarios y consumidores si se considera pertinente.

Informamos a nuestros clientes que la norma se encuentra en reserva para su redacción final para una próxima sesión del congreso. Desde ya, en BLP, estamos encantados de dar acompañamiento a nuestros clientes durante esta transición y entendimiento de nuevas obligaciones que vienen con esta nueva normativa. Como abogados expertos en derecho del consumidor, estamos comprometidos a proporcionar asesoramiento legal sólido y estratégico para garantizar que los intereses de nuestros clientes estén protegidos en todo momento. Para más información, contacta a [email protected].