Mediante la Resolución MH-DGT-RES-0027-2024, publicada en La Gaceta No. 217, Alcance 186, del 19 de noviembre de 2024, la Dirección General de Tributación estableció los formatos y especificaciones técnicas para la implementación de la versión 4.4 de los Anexos y Estructuras para la Emisión de Comprobantes Electrónicos. El plazo para la implementación y funcionamiento de la versión 4.4 citada, es de seis meses contados a partir del 1° de diciembre de 2024, una vez vencido este plazo no se reconocerán como válidos los comprobantes electrónicos emitidos con versiones anteriores. Asimismo, aquellos obligados tributarios que tengan la versión 4.4 desarrollada antes del plazo señalado, podrán implementarla a partir del 1 de abril de 2025.
Ahora bien, a partir del 1 de enero de 2025, los obligados tributarios que comercialicen medicamentos para consumo humano que requieran los registros sanitarios emitidos por el Ministerio de Salud de conformidad con la normativa aplicable, deben implementar y poner en funcionamiento en la versión 4.3 de los Anexos y Estructuras, los campos denominados “Registro de medicamento” y “Forma farmacéutica”.
En relación con el uso del código de respuesta rápida (QR) en la representación gráfica, queda suspendido hasta que la Dirección General de Tributación lo informe mediante comunicado por los medios oficiales del Ministerio de Hacienda.
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