La reforma a JAPDEVA se aprueba en segundo debate — la firma presidencial y la publicación son los únicos pasos pendientes
25 de junio de 2026 | Expediente Legislativo N.° 24.259
La Asamblea Legislativa de Costa Rica acaba de despejar el último obstáculo legal importante para un proyecto largamente anunciado: la reconversión del frente portuario de Limón en una marina y terminal de cruceros. Solo falta la firma presidencial y su publicación en el Diario Oficial La Gaceta para que la reforma se convierta en ley. A continuación, lo que ocurrió, cómo se llegó hasta aquí, y qué podría significar si usted está evaluando una posible participación en este proyecto.
Qué acaba de ocurrir
- El 25 de junio de 2026, el Congreso aprobó, en segundo y último debate, una reforma a la Ley Orgánica de JAPDEVA (Ley N.° 3091 de 1963) — el estatuto que rige a la autoridad portuaria y de desarrollo estatal para el litoral Caribe de Costa Rica.
- Lo que resta: el presidente debe firmarla, y debe publicarse en el Diario Oficial (La Gaceta). No se requieren más trámites legislativos.
- La reforma otorga a JAPDEVA, por primera vez, facultad legal expresa para (1) suscribir alianzas estratégicas con empresas privadas, y (2) otorgar concesiones de marina sobre los terrenos que administra.
Cómo se llegó hasta aquí
Este proyecto de ley tiene una historia larga y, en ocasiones, difícil:
- 2023–2024 — La administración Chaves Robles impulsó un paquete más amplio, la «Ley Jaguar 2.0,» que la Sala Constitucional anuló en dos ocasiones.
- Abril de 2024 — Una versión independiente y más acotada, centrada específicamente en JAPDEVA y Limón, se presentó como el Expediente N.° 24.259 por la entonces legisladora María Marta Carballo Arce.
- Mayo de 2026 — Las cinco fracciones del Congreso (PPSO, PLN, Frente Amplio, PUSC y CAC) se sentaron a negociar un texto que todos pudieran respaldar.
- 22 de junio de 2026 — En respuesta a una inquietud planteada por la Contraloría General de la República (CGR), el Congreso agregó al proyecto un canon de fiscalización obligatorio (más adelante se detalla).
- 23 de junio de 2026 — El texto actualizado se aprobó en primer debate por unanimidad, 54–0.
- 25 de junio de 2026 — Aprobación final.
Qué hace en concreto la ley
Dos cambios son los más relevantes:
- Permite que JAPDEVA se asocie con empresas privadas. JAPDEVA ahora puede suscribir contratos de «alianza estratégica» con inversionistas privados para infraestructura, inversión de capital, turismo y servicios afines en Limón — siempre que el proyecto demuestre un beneficio económico y social real y documentado para la provincia.
- Permite que JAPDEVA otorgue concesiones de marina. Anteriormente, solo las municipalidades podían otorgar concesiones de marina conforme a la legislación costarricense — lo que significaba que JAPDEVA no podía, legalmente, autorizar una marina en sus propios terrenos. Ese vacío queda ahora cerrado, sujeto al visto bueno de factibilidad técnica de CIMAT, la comisión interinstitucional de marinas.
Junto con estos dos cambios, la ley incorpora mecanismos de control: las alianzas quedan exentas de las reglas ordinarias de contratación pública (lo cual representa una ventaja importante en términos de velocidad — más adelante se detalla), pero de todas formas requieren la aprobación de la Contraloría General, el visto bueno de la junta directiva de JAPDEVA, el apego a los principios de transparencia y competencia, un plazo máximo de 50 años, y una prohibición de prácticas monopolísticas. La infraestructura portuaria pública en sí no puede venderse, arrendarse ni hipotecarse — permanece en manos públicas aun cuando un socio privado la opere comercialmente.
El canon de fiscalización — el rubro de costo más reciente y más concreto
El cambio de última hora más importante es un nuevo canon obligatorio, agregado el 22 de junio a solicitud de la Contraloría General: toda alianza estratégica debe pagar un canon de fiscalización de al menos 1.5% de los ingresos brutos de la alianza — no de la utilidad — para financiar la supervisión continua del proyecto. Este pago se suma a cualquier canon de concesión u otras condiciones económicas que se negocien por separado con JAPDEVA. Cualquier inversionista que esté evaluando financieramente este proyecto debería incorporar esto como un piso fijo y no negociable, no como un valor provisional.
Por qué esto es relevante para los inversionistas prospectivos
- Velocidad: Dado que las alianzas están exentas de la ley general de contratación pública de Costa Rica, la selección del socio y la negociación del contrato pueden avanzar de forma considerablemente más rápida que una licitación pública estándar — esta es la ventaja práctica más importante que crea la ley.
- Un proyecto real, con cifras reales: Estimaciones de prensa y del gobierno sitúan la inversión combinada de la marina y la terminal de cruceros en aproximadamente USD 900 millones, con entre 20,000 y 23,000 empleos directos e indirectos proyectados. Estas cifras provienen de declaraciones públicas, no de la ley misma, pero reflejan la magnitud del interés político y público en torno al proyecto.
- Dos activos diferenciados: La Marina Turística de Limón (yates, veleros, atraque, combustible, servicios náuticos) y la Terminal de Cruceros Hernán Garrón Salazar (mayor capacidad para recibir cruceros, más hospedaje, comercio y desarrollo de uso mixto adyacentes) se estructuran como oportunidades relacionadas pero separables.
- Regulación predecible — pero no más laxa: Un proceso más rápido no significa un menor escrutinio. La aprobación de la Contraloría General, la autorización de la junta directiva y el nuevo canon del 1.5% se mantienen firmemente vigentes.
- Dependencia del cronograma: El reglamento de aplicación — que detallará el proceso de selección real, los requisitos técnicos y la estructura de la operación — debe emitirse dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la ley, y debe someterse a consulta pública. Ningún proceso bajo esta ley puede cerrarse antes de que ese reglamento exista.
Qué observar a continuación
- La firma presidencial y la publicación en La Gaceta — los pasos finales para que la ley entre en vigor.
- La publicación del reglamento de aplicación (dentro de un plazo de 6 meses), que determinará la mecánica real de cómo JAPDEVA selecciona a un socio estratégico.
- Cualquier indicio del cronograma de JAPDEVA para abrir el proceso de alianza/concesión una vez que el reglamento esté en vigor.
Conclusión
Costa Rica ha eliminado los dos obstáculos específicos que impedían que el proyecto de la Marina de Limón avanzara: JAPDEVA ahora puede asociarse legalmente con capital privado, y ahora puede otorgar legalmente una concesión de marina. El proceso debería avanzar más rápido que una licitación pública tradicional, pero conlleva un costo fijo de fiscalización del 1.5% sobre los ingresos y sigue sujeto a controles institucionales reales. La verdadera oportunidad para definir una estrategia de participación se abre una vez que se publique el reglamento de aplicación — recomendamos participar desde una etapa temprana, mientras ese marco regulatorio aún se encuentra en elaboración y consulta.
Este comunicado tiene fines meramente informativos y no constituye asesoría legal. No debe utilizarse como base para decisiones de inversión o legales. Recomendamos contar con una opinión legal formal y confirmar el estado actual de la ley antes de proceder. Para un análisis a la medida de esta oportunidad, por favor contacte a su socio de relación en BLP.
