RESUMEN GACETARIO
PROYECTO DE LEY
Fortalecimiento de las finanzas públicas
El respectivo expediente fue dictaminado por la Comisión de Hacendarios el 10 de abril de 2018, y se pasa al Plenario para que continúe el trámite y pueda ser consultado. Este proyecto transforma el actual impuesto de ventas en un impuesto de valor agregado, que gravaría a todos servicios; además, presenta importantes reformas en la Ley del Impuesto sobre la Renta, tales como el gravamen a las ganancias de capital.
(Publicado en el Alcance Digital No. 73 de La Gaceta No. 63 del 12 de abril del 2018)
DECRETOS EJECUTIVOS
Actualización del impuesto único por tipo de combustible
Se actualizaron los montos del impuesto único por tipo de combustible, de conformidad con la siguiente tabla:
Tipo de Combustible por Litro | Impuesto (colones) |
Gasolina Regular | 242,75 |
Gasolina Super | 254,25 |
Diésel | 143,50 |
Asfalto | 49,25 |
Emulsión asfáltica | 37,00 |
Búnker | 23,50 |
LPG | 49,25 |
Jet fuel A1 | 145,50 |
Av Gas | 242,75 |
Queroseno | 69,25 |
Diésel pesado (Gasóleo) | 47,25 |
Nafta pesada | 35,00 |
Nafta liviana | 35,00 |
Estos montos rigen desde el 1° de mayo de 2018.
(Decreto Ejecutivo No. 41036-H del 6 de abril de 2018, publicado en el Alcance Digital No. 85 a La Gaceta No. 73 del 26 de abril del 2018.)
Reglamento al Registro de Accionistas
Se reglamenta el Registro de Accionistas, contenido en la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, la cual requería de una normativa en relación con la transparencia y los beneficiarios finales de las personas jurídicas y de otras estructuras jurídicas domiciliadas en Costa Rica, administradores de recursos de terceros a favor de sus clientes, organizaciones sin fines de lucro y los fideicomisos privados, para que la Dirección General de Tributación pudiera accesar la información relacionada con la totalidad de accionistas, participaciones sustantivas, beneficiarios finales o efectivos.
Entre otras cosas, el Reglamento dispone que el suministro de información debe de cumplirse anualmente, según la fecha que va a definir la Dirección General de Tributación y el Instituto Costarricense sobre Drogas, en el formato que definirá el Banco Central de Costa Rica y que se comunicará mediante resolución conjunta de alcance general.
La información de carácter general que deben suministrar según corresponda es:
- Composición de los derechos de voto.
- Información sobre quien o quienes poseen el derecho a designar o cesar a la mayor parte de los órganos de administración, dirección o supervisión.
- Información sobre quién o quienes poseen la condición de control de en virtud de sus estatutos.
- Composición de las participaciones sociales.
(Decreto Ejecutivo No. 41040-H del 5 de abril de 2018, publicado en el Alcance Digital No. 82 a La Gaceta No. 70 del 23 de abril del 2018.)
RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS
Acreditación de representante legal ante la Administración Tributaria
Se modifica el artículo 2 y se deroga el artículo 13 de la Resolución No. DGT-R-08-2018 del 7 de febrero de 2018. El artículo 2, en relación con la acreditación de los representantes legales en el Registro Único Tributario, tanto de las personas jurídicas como de los tutores de un menor de edad o incapaz. Se establece que deben completar el formulario que la administración dispuso al efecto, aportar la personería jurídica cuando corresponda, esto dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la inscripción y/o modificación del representante legal en el Registro Público.
(Resolución No. RES-DGT-R-017-2018 del 23 de marzo de 2018, publicada en La Gaceta No. 62 del 10 de abril del 2018)
Grandes Contribuyentes y Grandes Empresas Territoriales
La Dirección General de Tributación, emitió los criterios para la consideración de los sujetos pasivos como “Gran Contribuyente” y “Gran Empresa Territorial”, de conformidad con los siguientes parámetros:
Gran Contribuyente:
- El promedio de los impuestos liquidados de los últimos 3 periodos fiscales es igual o superior a ₡450.000.000,00.
- El promedio de la renta bruta declarada en los últimos 3 periodos fiscales es igual o superior a ₡40.000.000.000,00.
- Que el promedio de su activo total declarado en los últimos 3 periodos fiscales es igual o superior a ₡50.000.000.000,00.
- Regulados por SUGEF, SUGEVAL, SUPEN, SUGESES y/o SUTEL.
Gran Empresa Territorial:
- El promedio de los impuestos liquidados de los últimos 3 periodos fiscales es igual o superior a ₡120.000.000,00.
- El promedio de la renta bruta declarada en los últimos 3 periodos fiscales es igual o superior a ₡20.000.000.000,00.
- Que el promedio de su activo total declarado en los últimos 3 periodos fiscales es igual o superior a ₡25.000.000.000,00.
Dicha clasificación debe de ser notificada a los interesados, mediante resolución fundada, teniendo efectos a partir del primer mes siguiente al de su notificación y se mantendrá por lo menos por 2 periodos fiscales.
(Resolución No. DGT-R-018-2018 del 3 de abril de 2018, publicada en La Gaceta No. 63 del 12 de abril del 2018.)
Actualización del impuesto específico por cada mililitro de alcohol absoluto
Mediante el Resolución No. RES-DGH-027-2018 del 6 de abril de 2018, se actualizaron los montos del impuesto específico por cada mililitro de alcohol absoluto, de conformidad con la siguiente tabla:
Porcentaje de alcohol por volumen | Impuesto (colones por mililitro de alcohol absoluto) |
Hasta 15% | 3,31 |
Más del 15% y hasta 30% | 3,96 |
Más del 30% | 4,61 |
(Publicado en La Gaceta No. 68 del 19 de abril del 2018.)
OBLIGACIONES DEL MES DE MAYO 2018
Fecha | Declaración a presentar |
10 | – D-150 Declaración anual de resumen de retenciones pago a cuenta impuestos sobre las utilidades – D-155 Declaración mensual resumen de retenciones pago a cuenta impuesto sobre las ventas e impuesto sobre la renta |
15 | – D-103 Retenciones en la fuente – D-104 Impuesto general sobre las ventas – D-106 Impuesto selectivo de consumo – D-113 Impuesto sobre los rendimientos y ganancias de capital de los fondos de inversión. – D-114 Impuesto único por tipo de combustible. – D-117 Impuesto específico sobre las bebidas alcohólicas – D-171 Impuesto específico sobre las bebidas envasadas sin contenido alcohólico y jabones de tocador |
INFORMACIÓN DE RELEVANCIA TRIBUTARIA
Salario base vigente 2018 | 431,000 | |
Tasa de interés vigente (1 abril 2018) | 13.73% | |
Tipo de cambio referencia BCCR USD (30 abril del 2018) | Compra: | 562.40 |
Venta: | 569.31 |
BLP.