El 20 de febrero de 2025, se publicó en La Gaceta el Reglamento Técnico RTCR 511:2023, el cual regula los productos de interés sanitario que contienen cáñamo y sus derivados.
Esta normativa establece los requisitos para la importación, fabricación y registro sanitario, abarcando productos como alimentos, suplementos dietéticos, cosméticos, plaguicidas, equipos médicos y más.
Uno de los aspectos clave es la regulación de los límites máximos de THC y CBD, que varían según el tipo de producto. Por ejemplo:
- Alimentos procesados con CBD: hasta 75 mg/kg.
- Suplementos dietéticos: hasta 0,42 mg de THC total y 70 mg de CBD por ingesta diaria.
- Cosméticos: máximo 0,2% de THC total en el producto terminado.
El Ministerio de Salud realizará inspecciones para garantizar el cumplimiento de esta normativa y la seguridad de los productos en el mercado.
En BLP, contamos con un equipo técnico y legal especializado en el registro sanitario de productos con cáñamo y sus derivados. Si su empresa necesita asesoría para cumplir con esta regulación, estamos a su disposición.
Para más información, contáctenos a [email protected]
