El 23 de febrero de 2023 se publicó la Resolución MH-DGT-RES-0001-2023, mediante la cual se modifica el inciso e) del artículo 1 de la Resolución DGT-R-36-2001 “Reforma Operaciones exentas relacionadas con las exportaciones establecidas en el artículo 11 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado”. 

 

De esta forma, para que los servicios de transporte de bienes destinados a la exportación gocen de la exoneración del IVA, se debe tener como respaldo el DUA (Declaración Única Aduanera).  Previo a esto lo que se pedía era la factura de exportación con el código de exportador.  

Esta modificación está vigente a partir del 23 de febrero de 2023.